lunes, 13 de junio de 2011

Otra más de los españoles… TELEFÓNICA DEL PERÚ NO QUIERE CUMPLIR CON FIJACIÓN DE LAS TARIFAS TOPE



Osiptel inició el Procedimiento de Oficio para la Fijación de las Tarifas Tope aplicables a las Llamadas Locales desde Teléfonos Fijos



El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) publicó hoy una resolución en la que deniega la solicitud hecha por Telefónica del Perú para ampliar el plazo que tiene para presentar su propuesta sobre la fijación de tarifas tope aplicables al servicio de llamadas fijo – móvil.


Cabe señalar que el 20 de abril, el Osiptel inició el Procedimiento de Oficio para la Fijación de las Tarifas Tope aplicables a las Llamadas Locales desde Teléfonos Fijos de Abonado de Telefónica a Redes de Telefonía Móvil, de Comunicaciones Personales y Troncalizado.


En dicho procedimiento quedó establecido que en un plazo de 35 días hábiles, Telefónica pueda presentar su propuesta tarifaria para el Servicio de Llamadas Fijo – Móvil.


Además tenía que presentar el estudio de costos que incluya el sustento técnico – económico de los supuestos, parámetros, bases de datos y cualquiera otra información que utilice en su estudio.


Posteriormente, Telefónica envió un comunicado al regulador, recibida el 26 de mayo, donde solicita que el referido plazo sea ampliado en 90 días hábiles adicionales.


El pedido está argumentado en que el 13 de mayo presentó un recurso impugnatorio contra la resolución del Osiptel que inició el procedimiento de fijación de tarifas tope en cuestión.


Sin embargo, el Osiptel considera que no se evidencia la necesidad de que Telefónica cuente con un plazo mayor al otorgado (35 días hábiles) para poder elaborar adecuadamente la correspondiente propuesta tarifaria.


Esto debido a que los componentes de la respectiva tarifa corresponde a costos equivalentes a los que se aplican actualmente en las Tarifas Tope vigentes para el Servicio de Llamadas desde Teléfonos Públicos de Telefónica del Perú a redes de Telefonía Móvil.


“Se considera pertinente denegar la solicitud de ampliación del plazo, teniendo en cuenta la necesidad de optimizar el tiempo de duración de este procedimiento regulatorio”, señala el Osiptel en la resolución publicada hoy.


Añade que este procedimiento regulatorio tiene como objetivo el establecimiento de tarifas razonables, orientadas a costos y en términos de calidad y eficiencia económica, en beneficio de los usuarios.




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